La Junta de Conciliación y Arbitraje es el conocimiento y la resolución de los conflictos de trabajo que se den entre trabajadores y patrones, o solo entra alguno de estos sectores que se deriven de las relaciones de trabajo o de hechos relacionados con ellas.

Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje funcionarán en cada una de las Entidades Federativas, siendo en nuestro estado la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Yucatán, a quien le corresponde el conocimiento y resolución de los conflictos de trabajo que se dieran en las ramas industriales, de servicios y empresas que no se encuentren contempladas en el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo vigente hasta antes de la reforma publicada el 01 de mayo del año 2019.

El Gobierno del Estado de Yucatán ha establecido una Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, quien por necesidades del trabajo y del capital, se organizó en cinco Juntas Especiales a través de las cuales se conocen de los conflictos de trabajo que se susciten en diversas ramas de la industria, servicios y empresas, estableciendo la competencia de cada una de ellas, en el Decreto Número 224/2014 publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán el día 03 de noviembre del año 2014.

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